La mejor propiedad de la zona
La mejor propiedad de la zona
Chalet en Chiclana de la Frontera
01842
Descripción
- Disponible en:
- Español
Chalet rústico en \"El Sotillo\", situado a 2 km de la playa, en una zona tranquila y muy demandada, bien comunicada y próxima a todo tipo de servicios.~La vivienda cuenta con 145 m2 construidos, distribuidos en dos plantas, sobre una parcela de 1.100 m2.~En planta baja dispone de salón-comedor...
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Chalet rústico en \"El Sotillo\", situado a 2 km de la playa, en una zona tranquila y muy demandada, bien comunicada y próxima a todo tipo de servicios.~La vivienda cuenta con 145 m2 construidos, distribuidos en dos plantas, sobre una parcela de 1.100 m2.~En planta baja dispone de salón-comedor con chimenea, un dormitorio, baño completo y cocina con acceso al exterior.~La planta superior cuenta con tres dormitorios, uno de ellos con terraza y vistas al jardín. La zona exterior cuenta con una piscina privada de 8 x 4 metros, cuarto de depuradora y baño. La parcela también dispone de barbacoa, leñero y varios trasteros, uno de los cuales puede adaptarse como garaje cerrado.~El terreno ofrece espacio suficiente para aparcar varios vehículos dentro de la parcela, facilitando el acceso y el estacionamiento de familiares y visitas. La parcela tiene puerta automática de acceso para vehículos y sistema de riego automático.~~~ En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, informamos a nuestros clientes que el precio indicado en nuestros inmuebles no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición. A su vez, disponemos del Documento Informativo Abreviado de la Propiedad (Según Decreto 218/2005, del 11 de Octubre) y de Seguro de Caución, para la protección de la señal entregada para la Reserva de una vivienda.
Impuestos y gastos de la compraventa no incluidos en el precio de venta:
- En primeras transmisiones: Operación sujeta a I.V.A., tipo general 10%.
- En segundas transmisiones: Operación sujeta a ITP, cuyo tipo General es del 7% respecto al precio de venta, pero que en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en el Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.
Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Andalucía, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía.
áginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html
- Los gastos aproximados de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría, y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
- El comprador, en caso de adquirir la vivienda a través de la agencia inmobiliaria, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3% del precio de la compraventa, más I.V.A. del 21%. (con un importe mínimo de 3.000 € más I.V.A.)
- En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
- Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación, y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.
Impuestos y gastos de la compraventa no incluidos en el precio de venta:
- En primeras transmisiones: Operación sujeta a I.V.A., tipo general 10%.
- En segundas transmisiones: Operación sujeta a ITP, cuyo tipo General es del 7% respecto al precio de venta, pero que en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en el Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.
Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Andalucía, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía.
áginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html
- Los gastos aproximados de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría, y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
- El comprador, en caso de adquirir la vivienda a través de la agencia inmobiliaria, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3% del precio de la compraventa, más I.V.A. del 21%. (con un importe mínimo de 3.000 € más I.V.A.)
- En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
- Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación, y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.
Características
- Operación: Comprar
- Parcela: 1100 m²
- Año: 1996
- Amueblado: Si
- Electrodomésticos: Si
- Garaje: Si
- Piscina: Si
- Terraza: Si
- Trastero: Si
- E
- 25 CO2/m2
Ubicación
El anunciante prefiere no mostrar la dirección exacta y se muestra la zona aproximada